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- Los consejos regionales (CORE) son órganos públicos colegiados, de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencias de los gobiernos regionales, encargados de hacer efectiva la participación de la ciudadanía y ejercer las atribuciones que la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional le encomienda, existentes en cada una de las regiones en que se divide Chile. Estos consejos, junto a los intendentes respectivos, integran los gobiernos regionales. Fueron creados mediante una reforma constitucional efectuada el año 1991 e implementada con la ley 19175, orgánica constitucional sobre gobierno y administración regional, de 1992. Los consejos regionales están integrados, desde 2014, por consejeros elegidos por sufragio universal, en votación directa, por periodos de cuatro años, y que pueden ser reelegidos. Cada consejo regional, por mayoría absoluta de sus integrantes en ejercicio, elige un de entre sus miembros, que dura cuatro años en su cargo. (es)
- Los consejos regionales (CORE) son órganos públicos colegiados, de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencias de los gobiernos regionales, encargados de hacer efectiva la participación de la ciudadanía y ejercer las atribuciones que la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional le encomienda, existentes en cada una de las regiones en que se divide Chile. Estos consejos, junto a los intendentes respectivos, integran los gobiernos regionales. Fueron creados mediante una reforma constitucional efectuada el año 1991 e implementada con la ley 19175, orgánica constitucional sobre gobierno y administración regional, de 1992. Los consejos regionales están integrados, desde 2014, por consejeros elegidos por sufragio universal, en votación directa, por periodos de cuatro años, y que pueden ser reelegidos. Cada consejo regional, por mayoría absoluta de sus integrantes en ejercicio, elige un de entre sus miembros, que dura cuatro años en su cargo. (es)
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- Los consejos regionales (CORE) son órganos públicos colegiados, de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencias de los gobiernos regionales, encargados de hacer efectiva la participación de la ciudadanía y ejercer las atribuciones que la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional le encomienda, existentes en cada una de las regiones en que se divide Chile. Estos consejos, junto a los intendentes respectivos, integran los gobiernos regionales. (es)
- Los consejos regionales (CORE) son órganos públicos colegiados, de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencias de los gobiernos regionales, encargados de hacer efectiva la participación de la ciudadanía y ejercer las atribuciones que la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional le encomienda, existentes en cada una de las regiones en que se divide Chile. Estos consejos, junto a los intendentes respectivos, integran los gobiernos regionales. (es)
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